Licitación CONSER02019022OP: Servicio de vigilancia y el servicio de mantenimiento de los sistemas electrónicos de seguridad de los centros de trabajo del Barcelona Supercomputing Center – Centro Nacional de Supercomputación (BSC-CNS)
Servicio de contratar el servicio de vigilancia, servicio de mantenimiento preventivo y correctivo y normativo de los sistemas electrónicos de seguridad de los centros de trabajo del Barcelona Supercomputing Center - Centro Nacional de Supercomputación (BSC- CNS).
369.103,30.-€ IVA incluido
960.888,75.-€ IVA excluido
tenders@bsc.es
En el documento adjunto se encuentra el día la hora y las instrucciones para realizar la visita a las instalaciones del BSC-CNS.
Se contempla la posibilidad de realizar hasta dos prórrogas anuales.
No
Justificación
Informe de insuficiencia de medios
Aprobación del expediente
Pregunta 1:
Podrían confirmarnos si los horarios del Edificio Capilla y Edificio Til·lers son 7 días a la semana o solo días Laborales? Gracias.
Respuesta 1:
En pliego de prescripciones técnicas indica en página 3 indica lo siguiente;
Se realizarán turnos de vigilancia para cubrir los siguientes puestos de vigilancia realizando sus rondas pertinentes para custodiar el centro del BSC-CNS;
- 1 vigilante SIN arma en plaza Eusebi Güell 24/7 (24 horas – 7 días a la semana).
- 1 vigilante SIN arma en edificio Capilla en la franja horaria de 08:00h a 20:00h.
- 1 vigilante SIN arma en edifico Til-lers en la franja horaria de 08:00h a 20:00h.
Los servicios de vigilancia de los edificio Capilla y edificio Til-lers serán de lunes a viernes días laborables, según calendario BSC en capítulo 5 de pliego de prescripciones técnicas pág .10 en la franja horaria de 08:00h a 20:00h.
Pregunta 2:
¿En relación al mantenimiento de los equipos del nuevo edificio de Plaza Eusebi Güell nº 1-3 y dado que son de nueva implantación, se debe incluir el preventivo y correctivo de los mismos o están en garantía por dos años?
Respuesta 2:
Si, se debe incluir el mantenimiento preventivo y correctivo de estos equipos y de todo el sistema de seguridad tal y como indica el pliego de prescripciones técnicas, solo hay un año de garantía de instalación por parte de la instaladora según indica la ley, y 2 años de garantía de los equipos instalados siempre y cuando se realicen los mantenimientos preventivos según normativa vigente.
Pregunta 3:
- Una vez evaluada por Sala del Social del Tribunal Supremo la Sentencia n.º 931/2018, por la cual al traspaso de plantillas o subrogación de trabajadores se suma también la asunción de la responsabilidad solidaria laboral y de Seguridad Social, en relación con el contemplado en el artículo 130.6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre , de Contratos del Sector Público, y el que establece el artículo 17.1.3 del vigente Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad, por la presente los solicitamos que requieran el actual contratista porque acredite que no mantiene ninguna deuda con los trabajadores de su plantilla adscritos al contrato en fase de licitación o por cuotas a la Seguridad Social meritadas en virtud de las remuneraciones que aquellos hayan percibido o habrían tenido que percibir, así como que también acredite que no tiene en curso ningún procedimiento de reclamación administrativa y / o judicial por las indicadas cuestiones y nos hagan saber la respuesta que este actual contratista realice a este requerimiento en los términos previstos en el artículo 130.1 del mencionado texto legal.
- Requieran al actual contratista porque facilite el dato del porcentaje mediano de absentismo del último año de ejecución de los servicio.
VISITA A las INSTALACIONESSe publicará en el perfil del contratante día y hora para hacer una visita a las instalaciones de la BSC-*CNS para todas aquellas empresas que se muestren interesadas en esta licitación, y así poder adaptar la oferta a presentar de acuerdo con las dimensiones y necesidades de la BSC -CNS, hay alguna fecha?
Respuesta 3:
- Respecto al cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del contratista saliente, ninguna relación guarda con la obligación de subrogación de personal y, sobretodo, con la determinación de los costes salariales que deberá asumir la empresa en caso de obtener la adjudicación del contrato.
- Lo mismo cabe señalar sobre si el actual contratista se halla en concurso de acreedores, así como si halla en curso de un procedimiento administrativo o contencioso-administrativo derivado del cumplimiento de las obligaciones fiscales o de la Seguridad Social. Cuestiones que carecen de vinculación con los costes salariales que haya de incurrir el futuro adjudicatario.
- En cuanto a si el "contratista no mantiene ninguna deuda salarial con los trabajadores de su plantilla adscritos al contrato en fase de licitación; ni tampoco por cuotas devengadas a la Seguridad Social", tampoco procede atender esta solicitud, en tanto que el contratista entrante no tiene obligación de hacer frente a las obligaciones salariales o de la seguridad social que el contratista saliente tenga con los trabajadores, conforme al art. 130.6 de la LCSP. La uncía excepción en que el contratista entrante ha de responder de las obligaciones salariales contraídas por el anterior para con los trabajadores (no las de la Seguridad Social) es cuando se produce una sucesión de empresas, ex art. 44 del Estatuto de los Trabajadores. Por sucesión de empresas, se entiende cuando, conforme al art. 44.1 del Estatuto de los Trabajadores, se produce "el cambio de titularidad de una empresa, de un centro de trabajo o de una unidad productiva autónoma". Por lo tanto, si la empresa solicitante de información acredita que adquiere la empresa contratista saliente, tendrá amparo legal su solicitud si bien solamente respecto a las obligaciones salariales, pero no a las de la Seguridad Social.
- Respecto a la información sobre si se halla en curso de un procedimiento administrativo o contencioso-administrativo derivado del cumplimiento de las obligaciones laborales, hemos de remitirnos a lo indicado el ordinal tercero que antecede.
- Respecto a la Visita a las instalaciones, ya fue publicada en el apartado INFORMACIÓN GENERAL - Visitas, dónde indicaba lo siguiente:
"En el documento adjunto se encuentra el día la hora y las instrucciones para realizar la visita a las instalaciones del BSC-CNS"
La visita a las instalaciones ya se realizó el día 11 de junio.
Pregunta 4:
Respecto a la última solicitud y respuesta respecto a las deudas, formulamos nuevamente la pregunta con los antecedentes.
Comentar que: Una vez evaluada por Sala de lo Social del Tribunal Supremo la Sentencia núm. 931/2018, por la que al traspaso de plantillas o subrogación de trabajadores se suma también la asunción de la responsabilidad solidaria laboral y de Seguridad Social, en relación con lo contemplado en el artículo 130.6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y lo establecido en el artículo 17.1.3 del vigente Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad, por la presente les solicitamos que requieran al actual contratista para que acredite que no mantiene deuda alguna con los trabajadores de su plantilla adscritos al contrato en fase de licitación o por cuotas a la Seguridad Social devengadas en virtud de las remuneraciones que aquellos hubieran percibido o hubieran debido percibir, así como que también acredite que no tiene en curso ningún procedimiento de reclamación administrativa y/o judicial por las indicadas cuestiones y nos hagan saber la respuesta que dicho actual contratista realice a tal requerimiento en los términos previstos en el artículo 130.1 del referido texto legal.
Respuesta 4:
El actual contratista ha aportado una declaración de responsabilidad como actual prestatario de los servicios de vigilancia y seguridad en la sede del BSC-CNS en la que especifica que están al corriente de pago con el personal que presta servicios en el BSC-CNS, no teniendo ninguna deuda ni litigio con el personal mencionado. Además declara que la empresa está al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a fecha de presentación de la declaración responsable y lo corrobora aportando los pertinentes certificados emitidos por la administraciones competentes.
Presidente: Gerente del BSC-CNS.
Vocales: Jefa de Administración y Finanzas, Responsable de Contabilidad y un técnico responsable.
Letrado: Abogado del Estado/ Asesor Jurídico BSC-CNS
Secretaria: Técnica de compras.
Protección de Patrimonios, SA - IMAN Seguridad, SA - UTE (A61486981 - A59919480)
CLECE SEGURIDAD, S.A.U. (A86340098)
ACTA DE PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN Y DE EXCLUSIÓN
Protección de Patrimonios, S.A. - IMAN Seguridad, S.A. – UTE CIF:
A61486981 (Protección de Patrimonios, S.A.) - A59919480 (IMAN Seguridad, S.A.)
259.814,16.-€
PROTECCIÓN PATRIMONIOS S.A. – IMAN SEGURIDAD S.A.; UNION TEMPORAL DE EMPRESAS: UTE PDP-SEGURIDAD 16
U01893874
259.814,16.-€
Se informa a los licitadores que el próximo 29 de julio de 2020, a las 10:40 horas, tendrá lugar la apertura electrónica, en sesión pública, del Sobres 3 relativo a la presente licitación.
- Lugar: https://rediris.zoom.us/j/2049949007?pwd=NXNLTHRCM08yVTNWNmNSUVMwVlArUT09
- Tema: CONSER02019022OP - Mesa apertura Sobre 3
- ID de reunión: 204 994 9007 Contraseña: 727295
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Se informa a los licitadores que el próximo 22 de julio de 2020, a las 13:00 horas, tendrá lugar la apertura electrónica, en sesión privada, de los Sobres 1 y 2 relativos a la presente licitación.
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En fecha 11/06/2020 les comunicamos que conforme al art. 75.2 del RD 1098/2001 debemos proceder a hacer una aclaración referente al apartado 16.4 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, dónde dice "Serán causas de resolución del contrato las establecidas en este Pliego y en los arts. 213 y 313 LCSP" debería decir "Serán causas de resolución del contrato las establecidas en este Pliego y en los arts. 211 y 313 LCSP".
Debido a este motivo, ampliamos el plazo de presentación de ofertas contando de nuevo el plazo desde cero. El nuevo plazo de presentación de ofertas será el próximo 13/07/2020.
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RESOLUCIÓN DE MODIFICACIÓN DE CONTRATO
COMUNICACIÓN AL DOUE DE LA AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE OFERTAS